MEDIDAS PARA LA IGUALDAD

El Gobierno ha establecido un conjunto de mecanismos orientados a fomentar la igualdad de género de las personas en el ámbito laboral. Estas actuaciones se establecen a partir de las premisas de paridad y no discriminación, tanto en su diseño, como en su implementación y evaluación.

Gracias a nuestro Servicio de Medidas para la Igualdad, contarás con asesoramiento específico para la implantación del Registro Salarial, así como del Protocolo para la Prevención del Acoso Laboral y Sexual por razón de género. De este modo, cumplirás con estos requerimientos, promoviendo un entorno de trabajo inclusivo e igualitario. 

Adaptacion_plan_igualdad

PARIDAD EN EL ÁMBITO LABORAL

MEDIDAS PARA LA IGUALDAD

El Gobierno ha establecido un conjunto de mecanismos orientados a fomentar la igualdad de género de las personas en el ámbito laboral. Estas actuaciones se establecen a partir de las premisas de paridad y no discriminación, tanto en su diseño, como en su implementación y evaluación.

Gracias a nuestro Servicio de Medidas para la Igualdad, contarás con asesoramiento específico para la implantación del Registro Salarial, así como del Protocolo para la Prevención del Acoso Laboral y Sexual por razón de género. De este modo, cumplirás con estos requerimientos, promoviendo un entorno de trabajo inclusivo e igualitario.

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PARIDAD EN EL ÁMBITO LABORAL

OBLIGATORIO PARA TODAS LAS EMPRESAS

La exigencia de contar con estos requerimientos viene regulada en el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y afecta a todas las empresas, con independencia del número de trabajadores o de los posibles convenios establecidos y aplicables a cualquier actividad.

Por tanto, sea cual sea el sector o tamaño de tu negocio, debes adoptar las actuaciones necesarias en este ámbito.

OBLIGATORIO PARA TODAS LAS EMPRESAS

La exigencia de contar con estos requerimientos viene regulada en el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y afecta a todas las empresas, con independencia del número de trabajadores o de los posibles convenios establecidos y aplicables a cualquier actividad.

Por tanto, sea cual sea el sector o tamaño de tu negocio, debes adoptar las actuaciones necesarias en este ámbito.

REGISTRO SALARIAL

IGUALDAD RETRIBUTIVA ENTRE HOMBRES Y MUJERES

El objeto del Real Decreto 902/2020, de 13 de octubre, de igualdad retributiva entre mujeres y hombres, es establecer medidas específicas para hacer efectivo el derecho a la igualdad de trato y a la no discriminación entre mujeres y hombres en materia retributiva, desarrollando los mecanismos para identificar y corregir la discriminación en este ámbito y luchar contra la misma, promoviendo las condiciones necesarias y removiendo los obstáculos existentes.

Esta norma es de aplicación en el ámbito de las relaciones laborales reguladas en el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores que vincula a todas las empresas, independientemente del número de personas trabajadoras y del  convenio o acuerdo colectivo aplicable a su actividad.

PLAZO DE EJECUCIÓN

El Real Decreto 902/2020 establece la entrada en vigor del Registro Salarial a los seis meses de su publicación en el BOE. Por tanto, todas las empresas deben disponer de dicho registro desde abril de 2021.

REGISTRO SALARIAL

IGUALDAD RETRIBUTIVA ENTRE HOMBRES Y MUJERES

El objeto del Real Decreto 902/2020, de 13 de octubre, de igualdad retributiva entre mujeres y hombres, es establecer medidas específicas para hacer efectivo el derecho a la igualdad de trato y a la no discriminación entre mujeres y hombres en materia retributiva, desarrollando los mecanismos para identificar y corregir la discriminación en este ámbito y luchar contra la misma, promoviendo las condiciones necesarias y removiendo los obstáculos existentes.

Esta norma es de aplicación en el ámbito de las relaciones laborales reguladas en el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores que vincula a todas las empresas, independientemente del número de personas trabajadoras y del  convenio o acuerdo colectivo aplicable a su actividad.

PLAZO DE EJECUCIÓN

El Real Decreto 902/2020 establece la entrada en vigor del Registro Salarial a los seis meses de su publicación en el BOE. Por tanto, todas las empresas deben disponer de dicho registro desde abril de 2021.

PROTOCOLO PREVENCIÓN ACOSO LABORAL

Y SEXUAL POR RAZÓN DE GÉNERO

Todas las empresas, con independencia del número de empleados, están obligadas a respetar la igualdad de trato y de oportunidades en el ámbito laboral. Por tanto, para cumplir con esta finalidad en tu entidad, debes adoptar medidas dirigidas a evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre mujeres y hombres, así como un Protocolo para la Prevención del Acoso Laboral o Sexual por razón de género. Disponer de dicho protocolo, además, te permitirá contar con los procedimientos específicos para su prevención, así como para dar cauce a las denuncias o reclamaciones que puedan formular quienes hayan sido objeto del mismo.

PLAZO DE EJECUCIÓN

El Real Decreto 901/2020 establece la entrada en vigor de la adaptación del Plan de Igualdad a este nuevo contenido a los tres meses de su publicación en el BOE. Por tanto, todas las empresas que estén obligadas deben estar adaptadas desde enero de 2021.

PROTOCOLO PREVENCIÓN ACOSO LABORAL

Y SEXUAL POR RAZÓN DE GÉNERO

Todas las empresas, con independencia del número de empleados, están obligadas a respetar la igualdad de trato y de oportunidades en el ámbito laboral. Por tanto, para cumplir con esta finalidad en tu entidad, debes adoptar medidas dirigidas a evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre mujeres y hombres, así como un Protocolo para la Prevención del Acoso Laboral o Sexual por razón de género. Disponer de dicho protocolo, además, te permitirá contar con los procedimientos específicos para su prevención, así como para dar cauce a las denuncias o reclamaciones que puedan formular quienes hayan sido objeto del mismo.

PLAZO DE EJECUCIÓN

El Real Decreto 901/2020 establece la entrada en vigor de la adaptación del Plan de Igualdad a este nuevo contenido a los tres meses de su publicación en el BOE. Por tanto, todas las empresas que estén obligadas deben estar adaptadas desde enero de 2021.

ACTUACIONES CONVERSIA

MEDIDAS PARA LA IGUALDAD

Ponemos a tu disposición un conjunto de actuaciones específicas orientadas a promover la igualdad de género entre tus trabajadores, en lo referente a la prevención de la discriminación salarial y a la aplicación de mecanismos para evitar el acoso laboral y sexual por razón de género. 

 

REGISTRO SALARIAL

  • Elaboración de un registro retributivo, en base a la normativa vigente.
  • Asesoramiento para la correcta implantación de un procedimiento que permita integrar y aplicar el principio de transparencia retributiva.

 

PROTOCOLO PREVENCIÓN ACOSO

  • Elaboración del protocolo para la prevención del acoso laboral y sexual por razón de género en el ámbito laboral.
  • Asesoramiento en la implantación de canales de comunicación para informar sobre posibles conductas de acoso laboral y sexual por razón de género.

 

 

ACTUACIONES CONVERSIA

MEDIDAS PARA LA IGUALDAD

Ponemos a tu disposición un conjunto de actuaciones específicas orientadas a promover la igualdad de género entre tus trabajadores, en lo referente a la prevención de la discriminación salarial y a la aplicación de mecanismos para evitar el acoso laboral y sexual por razón de género. 

 

REGISTRO SALARIAL

  • Elaboración de un registro retributivo, en base a la normativa vigente.
  • Asesoramiento para la correcta implantación de un procedimiento que permita integrar y aplicar el principio de transparencia retributiva.

 PROTOCOLO PREVENCIÓN ACOSO

  • Elaboración del protocolo para la prevención del acoso laboral y sexual por razón de género en el ámbito laboral.
  • Asesoramiento en la implantación de canales de comunicación para informar sobre posibles conductas de acoso laboral y sexual por razón de género.

¡NO TE LA JUEGUES! CONFÍA EN CONVERSIA

La norma contempla multas que van desde los 626€ hasta los 6.250€, en caso de que se considere una infracción muy grave. En caso de incumplimiento reiterado la sanción puedes ascender hasta los 187.515€.

Desde la Inspección de Trabajo se está realizando el control a las empresas para comprobar la correcta implantación del Registro Salarial y del Protocolo de Prevención de Acoso Laboral y Sexual por razón de género.

¡NO TE LA JUEGUES! CONFÍA EN CONVERSIA

La norma contempla importantes sanciones para aquellas compañías que no cumplan a tiempo. Por un lado, multas, que van desde los 626€ hasta los 187.515€, en caso de que se considere como una infracción muy grave.

Desde la Inspección de Trabajo se está realizando el control a las empresas para comprobar tanto que disponen de Plan de Igualdad, como que este se ha negociado adecuadamente, pues tan importante es la negociación de los planes de igualdad como el seguimiento y evaluación de las medidas para conocer si están siendo adecuadas o no.

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